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9 de febrero de 2011

La historia del robo del DNI (2ª parte)

El comienzo de esta historia (absolutamente real) se cuenta en El DNI y la indefensión del ciudadano. Quizás debería comenzar a leer por ahí para ponerse en antecedentes.

Antes de pasar a contar cómo va este tema, a raíz de varios comentarios recibidos en diferentes foros, quiero aclarar unos cuantos aspectos:
  1. El tema del robo con un simple DNI es absolutamente cierto. Por extraño que nos parezca, por fuera del sentido común que esté, ocurrió. La sociedad está tan acostumbrada a tomar el DNI como documento válido e indiscutible para lo que sea que una cajera de mi banco le dio 400 euros a una desconocida simplemente porque le pareció que "se parecía a la foto" (es probable, yo me parezco bien poco a esa infumable foto de fotomatón) y "pedía poco dinero" (que tiene tela).
  2. Lo que me preocupa no son los 400 euros. Repito para que quede claro: lo que me preocupa no son los 400 euros. Ese es un tema entre mi banco y yo que estoy moviendo por los cauces oportunos. Me lo acabarán devolviendo porque la ley me ampara y a cabezota no me gana nadie. 
  3. Para mí, lo peor de este caso, y por eso me estoy metiendo en este fregado, es que ese documento -el DNI o, más concretamente, la imposibilidad de verificar su validez- es una vía abierta al delito  que se está explotando cada vez con más frecuencia como he podido constatar en distintos foros y como me explicó la policía que está instruyendo mi caso cuando me tomó declaración el otro día. Luego volveré sobre este tema.
  4. Finalmente, creo que la solución es tan sencilla y tan de sentido común que me resisto a abandonarla sin pelear tratando de que alguien con capacidad para promover una iniciativa legislativa (o reglamentaria) la lleve a cabo. Llámenme ingenua (cada día que pasa me caigo un poquitín del guindo), pero yo de momento creo en la democracia y creo que uno de sus pilares básicos es, o debería ser, que se tomen en consideración las aportaciones de la ciudadanía cuando estas sean sensatas, objetivas, prácticas y redunden en el bien de todos. Y frenar una vía abierta al delito garantizando a la vez la tranquilidad de los ciudadanos ante un caso de robo de documentación creo que cumple estas condiciones.
Así pues, el primer paso que decidí dar el viernes mientras volvía de la comisaría fue darle publicidad al tema con el fin de alertar a cuanta más gente mejor de las implicaciones de perder (ya sea por extravío o hurto) el DNI. Escribí el post anterior, lo colgué en Facebook y se lo envié por mail a amigos por si querían difundirlo. También decidí, con éxito dispar, intentar moverlo vía Twitter,  Meneame y Barrapunto. 

Una de las discusiones surgidas a raíz de ello es sobre si la pérdida de un DNI crea o no crea indefensión. Para mí, la indefensión es clara puesto que, aunque la denuncia te cubre las espaldas, te obliga a demostrar a posteriori que no has sido tú quien ha cometido el delito en cuestión. En mi caso (y cruzo los dedos para que todo quede ahí) "sólo" he tenido que abrir una reclamación en el banco aportando la denuncia y una relación de los hechos para solicitar que me devuelvan los 400 euros. Hay cámaras y tengo testigos de que a esa hora estaba en otro lado, así que ganaré, pero por lo pronto yo estoy sufriendo un perjuicio, aparte de por las molestias, porque no tengo en mi poder un dinero que es mío. El error es de la cajera, sí, y por extensión del banco, pero la que lo sufre soy yo.

Pongo otro ejemplo. La misma agente que instruye mi caso trabajaba en otro de una chica (creo que de Orense) a la que le habían robado el DNI estando de turismo por Madrid. Con su DNI habían ido a una entidad bancaria y se habían abierto una cuenta corriente que, después, estaban usando como puente hacia el que realizar transferencias desde cuentas de otra gente cuyos datos habían obtenido de forma igualmente ilícita. Mientras la chica demuestra o no que no se ha abierto ella la cuenta, de momento es su nombre y su DNI los que aparecen detrás de esos robos.

Parece increíble, pero a nada que uno investigue por ahí se encuentra casos como este o este otro, casos que, de haberlos escuchado antes de la semana pasada, habría pensado que se trataban de leyedas urbanas pero que, por desgracia, constituyen, según me confirmó la policía, una forma de delito por desgracia en auge.

Por eso no me resigno y por eso sigo tratando de que alguien me haga caso y trate de cerrar este agujero derivado de que no sea posible en modo alguno comprobar si un documento concreto de DNI es sospechoso porque hay una denuncia de robo sobre el mismo. En próximos post les contaré los siguientes pasos que he ido dando aunque, de momento y por desgracia, han sido infructuosos. Al menos, resultará muy esclarecedor sobre el tipo de país en que vivimos y cómo la desidia, el desinterés y -por qué no decirlo- la inutilidad campan a sus anchas.

Hasta el próximo post.

Para saber más acerca de los problemas derivados de la suplantación de identidad mediante DNI.
Esta serie de post continúa aquí.

6 de febrero de 2011

El DNI y la indefensión del ciudadano

Hace justamente una semana un descuidero me hurtó el bolso mientras charlaba con una amiga en el interior de una cafetería. Se llevó llaves, tarjetas, efectos personales de gran valor sentimental y profesional y mi DNI. Inmediatamente, con la inestimable ayuda de mi amiga, me puse en marcha para paliar el daño: llamé a mis dos bancos para anular las tarjetas, puse la correspondiente denuncia en comisaría y cambié las cerraduras de mi casa. En otras palabras: hice todo lo que estaba a mi alcance para que el robo quedara ahí, así que ya solo me quedaba esperar a que se me pasara el disgusto por la pérdida de esos efectos personales y cruzar los dedos para que aparecieran.
Uno de mis bancos me pidió que les entregara copia de la denuncia, el otro no. Se limitó a decirme que estuviera tranquila porque ya habían anulado las tarjetas y que me enviarían pronto las nuevas a casa. Pero, a los tres días, yo ya estaba más o menos repuesta del tema y andaba enfrascada en mi trabajo cuando me percato de que hay un movimiento sospechoso de 400 euros en mi cuenta. "Imposible", me digo, "las tarjetas están anuladas y ahora mismo ni siquiera yo podría sacar dinero", así que me pongo en contacto, alarmada, con mi banco buscando una explicación. 
Al rato me llaman de la oficina y me cuentan que una persona se ha presentado en otra oficina con mi DNI y, sin saberse número de cuenta alguno ni presentar tarjeta ni libreta, ha solicitado que le extraigan 400 euros de mi cuenta. Precisamente, 400 euros es el límite que separa el hurto -que es una falta- del robo -que es delito-. Por si ello no fuera suficientemente sospechoso, la persona en cuestión llevaba el brazo derecho escayolado para, de este modo, firmar el recibo con la mano izquierda y poder justificar que la firma no se parece en nada. La cajera, lejos de sospechar, decide darle el dinero porque, según ella, "no pedía demasiada cantidad". ¡¡¡400 euros!!! ¿Eso no es demasiada cantidad? Pues lo será para una cajera de banco porque lo que es a mí me cruje. En fin, sigo.
Me voy al banco enfadadísima y empiezo a quejarme. Ellos se justifican diciendo que yo avisé del robo de las tarjetas, no del DNI y que por eso no hicieron más. Debido a los nervios y mi inexperiencia, me conformo de momento y me limito a exigir al banco que pongan las medidas oportunas para frenar el tema. Lo hacen, porque al día siguiente vuelve a haber otro intento de desfalco pero como ya están avisadas todas las oficinas no logran nada. Eso sí, mi DNI sigue en poder de la suplantadora. 
Evidentemente, mi siguiente paso es poner dos nuevas denuncias, una por el robo de los 400 euros y otra por el intento del día siguiente. Y, a continuación, ya con la cabeza fría, me pongo a reflexionar: ¿y si resulta que pierdo solo el DNI también tengo que dar parte a mi banco? ¿En qué cabeza cabe eso? ¿En qué parte de mi contrato bancario está escrito? Porque, digámoslo claro, a mí me robaron el bolso, pero después el robado (o estafado) fue el banco, no yo, y no tengo por qué ser yo quien prescinda de los 400 euros. Así que me pongo a escribir una reclamación contando todos los hechos, adjunto mi denuncia, la firmo electrónicamente para que quede constancia y se la envío al banco. 
Me contestan que lo están estudiando y que en diez o quince días me contestan, pero hasta entonces yo hago frente a los 400 euros. Evidentemente, la respuesta no me satisface, así que ya veremos qué otras medidas adicionales tomaré (organizaciones de consumidores, Banco de España, etc.).
No obstante, lo que más me preocupa de este caso es la enorme sensación de indefensión provocada a raíz de un documeto -el DNI- que en principio debería servir para todo lo contrario. Leyendo por Internet me encuentro con casos similares de gente que ha acabado en el registro de morosos por impago de créditos solicitados mediante suplantación de su identidad a raíz del robo de su DNI. Evidentemente, una vez puesta la denuncia, la ley está de su parte, pero a posteriori: vas a solicitar un crédito y te lo deniegan porque estás en el registro de morosos, así que te toca investigar por qué, demostrar que tú no fuiste y pleitear hasta que limpian tu nombre. Y vuelta a empezar la siguiente vez hasta que caduque tu DNI o decidan dejar de emplearlo para fines delictivos.
Con un panorama así dan ganas de ir siempre indocumentado, la verdad. El caso es que, dándole vueltas a este asunto, creo que una simple reforma legislativa sería suficiente para poner freno a este tipo de actos y asegurar la seguridad jurídica de todos los ciudadanos, que es de lo que se trata. El DNI electrónico lleva un chip de firma electrónica cuyas claves quedan revocadas de forma inmediata en cuanto se pone la denuncia en comisaría. Cualquiera que quiera hacer uso de las claves electrónicas de ese eDNI no podrá, puesto que cualquier aplicación informática, al verificar su validez, recibirá una notificación de que la seguridad de esas claves ha sido comprometida y, por tanto, han sido anuladas. 
El caso del DNI como objeto físico es más complicado porque es una persona (el cajero del banco, un prestamista...) el que decide fiarse de ese documento. No obstante, cada DNI lleva asociado, además de su número, unos datos de expedición y número de serie. Creo que debería modificarse la ley para crear un registro de DNI comprometidos o bajo sospecha. Técnicamente es muy viable, puesto que ya existe una plataforma de verificación de datos de identidad a disposición de las Administraciones Públicas. El objetivo de esta plataforma es no tener que presentar fotocopia del DNI cuando hacemos trámites con cualquier Administración, pero igual que se presta este servicio se podría habilitar otro en el que, al consultar un número de DNI, avisara si hay denuncias por robo o desaparición sobre este e indicara qué números de serie están marcados como inválidos.
De este modo, la responsabilidad ante una estafa por suplantación de identidad recaería en la entidad que ha admitido el DNI sin comprobación previa y el ciudadano que extravía su DNI no tendría que vivir intranquilo hasta la caducidad de su documento pensando qué fechorías se estarán cometiendo en ese momento con su DNI.
Mi siguiente paso en esta historia -pleitos con mi banco aparte- es enterarme por qué vía puedo mover esta iniciativa a ver si logro que llegue al Congreso y se tomen las medidas oportunas para que nadie más se vea en mi situación. Seguiré informando en este blog por si quieren adherirse a la iniciativa. Creo que es por el bien de todos.

Todo este embrollo continúa en este post.