Esta historia comienza con el robo de mi DNI, continúa con el uso fraudulento del mismo que están haciendo los cacos y sigue con mi empeño de cambiar la situación de indefensión que ello crea, ya sea por la vía administrativa, ya sea por la vía política.
Antes de continuar con la historia, me van a permitir una reflexión sobre lo que debe y no debe saber un ciudadano. En los cursos y seminarios sobre webs institucionales, hace años se solía poner como ejemplo de cómo no hacer las cosas la web de la Comunidad de Madrid. Afortunadamente ya lo han cambiado, pero en su día esta web estuvo organizada por Consejerías, algo absolutamente demencial. Cualquiera que hubiera intentado encontrar algún tipo de información (empleo público, becas, etc.) por aquella época sabrá de qué le hablo. ¿Las notas de mis oposiciones estarán en la Consejería de Justicia, en la de Empleo o en la de Educación? Pues ni idea, oiga. Porque un ciudadano no tiene por qué conocer cómo se organizan internamente las competencias de la Administración del mismo modo que no sabemos, cuando vamos al banco, si los cajeros pertenecen al departamento de explotación o al de atención al cliente.
Este ir y venir de un sitio a otro buscando la ventanilla competente para nuestro asunto es algo tan antiguo como la propia Administración y ha sido objeto de críticas y chanzas ilustres, de Larra a Kafka, pasando por el Astérix de Las doce pruebas. De hecho, para tratar de evitar estos problemas han surgido iniciativas como la del 060 como punto único y multicanal de información para el ciudadano (fíjense cómo su web se estructura basándose en los trámites habituales del ciudadano, no en la organización interna de la Administración), el portal EUGO, que trata de ofrecer un punto único de información para todo aquel que desee abrir una empresa de servicios, o la implantación de las Sedes electrónicas que comentamos el otro día.
Ahora bien, cuando el desconocimiento de la organización interna de la Administración va más allá de la incomodidad y pone en peligro la seguridad jurídica del ciudadano, estamos ante algo inaceptable y que, creo, debería ser remediado cuanto antes. Según les vaya contando las novedades de esta historia irán entendiendo por qué lo digo.
Acabo de obtener mi nuevo DNI. Me robaron el antiguo el 30 de enero. Ese mismo día puse la denuncia. Al día siguiente, lunes, me metí en la web del DNI para informarme sobre qué tenía que hacer a continuación y solicité cita para conseguir otro DNI. Lo más pronto que pude conseguir fue el 25 de febrero, casi un mes después.
Dos días después del robo, el miércoles, como ya he contado antes, me entero de que están suplantando mi identidad con mi DNI y empiezo a preocuparme. Está claro que no son unos simples chorizos, sino que saben cómo burlar la ley como atestigua el hecho de que llevaran el brazo derecho escayolado para que no se pudiera cotejar la firma. Me acuerdo entonces del certificado electrónico que lleva el DNI y aumenta mi preocupación. Así que esa misma tarde, cuando voy a poner la segunda denuncia por el nuevo robo, pregunto en la comisaría qué ocurre con los certificados del DNI y cómo pueden revocarse. El policía me contesta que no tiene la menor idea y que no puede preguntarle a nadie porque en esa comisaría no expiden DNI.
Así que, al llegar a casa, vuelvo a meterme a la web del DNI para tratar de encontrar información sobre cómo revocar el certificado electrónico. En aquel momento no encuentro en la web esa información (es algo suficientemente importante como para que tuviera un apartado destacado, ¿no creen?), así que opto por llamar al 902 364 444 que aparece en toda la web bajo el rótulo de "Servicio de atención al ciudadano". Me fastidia enormemente que se trate de un 902, pero me digo a mí misma "voy a solucionar este tema y luego ya protestaré por lo del 902".
En fin, que llamo y cuento mi problema: "Mire, me han robado el DNI y me preocupa que puedan utilizar el certificado. ¿Cómo lo revoco?" La persona al otro lado del teléfono me pregunta, muy amable: "¿Ha hecho usted denuncia?" "Sí, es lo primero que hice." "Bien, entonces no se preocupe porque en el momento en el que hace usted la denuncia la policía revoca inmediatamente el certificado." "¿Seguro?" "Sí, sí. Estése tranquila." Ah, eficiencia al fin. Y me despreocupo del tema.
El viernes 25 de febrero, por fin, me dieron mi nuevo DNI. Y me encontré con dos desagradables sorpresas. En primer lugar, como me temía y apuntaba en mi post anterior sobre el tema, en estos casos no te hacen un nuevo DNI, sino un duplicado: no se puede cambiar el número de expedición, ni la fecha de caducidad. Lo único que se puede cambiar, me dice la funcionaria, es la foto y el teléfono. "Menos da una piedra", me digo, y pido que me cambien la fotografía. Porque, claro, imagínense que alguien va con mi DNI dentro de dos meses a un banco y se pide un crédito. Al menos podré ir yo después y decirles: "Miren, esto no es válido. Miren la fecha de mi denuncia, miren mi DNI y miren la fotocopia que tienen ustedes." Tiene narices que haya que andarse con estas precauciones, pero hoy por hoy es lo que hay.
Esto, además, complica la solución al problema porque ya no basta con un registro público de consulta on line donde verificar si un DNI es válido cotejando su fecha de expedición. Primero habrá que lograr modificar el procedimiento de expedición del documento además del de gestión de las denuncias. La verdad, esto ya no es subir el Tourmalet. Es subirse todo el Himalaya. ¡En triciclo!
Pero la peor sorpresa ha sido que ¡¡mi certificado no había sido revocado!! Según me han contado los funcionarios que expiden el DNI, la policía no revoca los certificados con la denuncia, entre otras cosas porque no puede hacerlo al no tener acceso a la base de datos de certificados. Un gran y bonito ejemplo de descoordinación administrativa. Al parecer, las funciones de expedición de documentación (DNI, pasaporte...) han sido separadas de las propias de la policía hasta el punto de que en muchas comisarías se está llevando la expedición a locales separados. Esto, en principio, me parece bien, puesto que unas son funciones administrativas y otras de orden público, siempre y cuando no cree problemas adicionales al ciudadano. Como esta separación ha derivado en una descoordinación al segregarse la gestión de los documentos de la gestión de las denuncias, el hecho objetivo es que se han duplicado los trámites. El ciudadano, lógicamente, desconoce esta nueva organización y piensa que al actuar en la comisaría poniendo una denuncia esto es comunicado a las oficinas que tramitan el DNI cuando la realidad es bien distinta.
Vuelvo a la web del DNI, por tercera vez, esta vez sabiendo lo que sé y lo que debo buscar y me encuentro con lo siguente:
No obstante estamos obligados a personarnos en una Oficina de Expedición del DNI para denunciar su pérdida. De esta forma, los certificados electrónicos de su DNIe quedan automáticamente anulados, siendo imposible realizar ninguna transacción telemática con ellos.
En otras palabras: tenemos que realizar el mismo trámite -la denuncia- dos veces. Una en la comisaría y otra en la Oficina de Expedición del DNI, que, aunque a veces puedan compartir espacio, son lugares diferentes.
Estando en la Oficina de Expedición del DNI, expreso mi sorpresa por lo de la no revocación de mi certificado y les comentó que había llamado al número de atención al ciudadano y me habían asegurado que se revocaba con la denuncia. Me contesta uno de los funcionarios: "¿A qué número llamaste? ¿A un 902? Pues olvídate, porque ese lo gestiona una empresa privada y no informan nada bien porque no se saben los procedimientos." Fantástico. Ya puestos, el año que viene lo deslocalizamos a la India.
Al generar mi nuevo DNI quedan revocados los certificados del antiguo, pero a mí me tiemblan las piernas al pensar que han pasado cuatro semanas con el certificado sin revocar. Menos mal que, en mi caso, cuando me lo robaron habían pasado ya más de 30 meses desde su expedición y estaba caducado el certificado. En teoría, sin la clave de acceso no lo pueden usar, pero fíense ustedes.
Vamos a hacer un ejercicio ficticio: supongamos que yo soy, digamos, mi abuela. No tengo ordenador ni falta que hace e Internet es esa cosa extraña con la que mi nieta anda loca todo el día. Supongamos que voy a renovarme mi DNI y me dan uno de esos tan monos que dan ahora y que llevan un cuadradito metálico. En la oficina me explican que es electrónico y que con él puedo hacer trámites onlain, lo que quiera que ello signifique. Me dan, además, un sobrecito donde está la contraseña del DNI. No entiendo muy bien para qué quiero una contraseña para el DNI, pero supongo que lo explicará en el folleto que me han dado, un folleto lleno de letra pequeñita que ya leeré cuando tenga un rato. Cojo mi nuevo DNI y el sobrecito que me han dado y me los guardo en mi monedero, ya que supongo que el sobrecito será importante y en algún momento que no alcanzo a imaginar me lo pedirán para usar mi DNI. Al cabo de algunas semanas, se me habrá olvidado completamente el sobrecito. En el mejor de los casos, un día de estos lo tiraré junto con todos los tickets de compra antiguos o bien pasarán 30 meses y me habrá caducado el certificado. Pero quizás, y tratándose de mi abuela y viviendo como vive en Usera es muy posible, un día de estos me roben el monedero y se lleven mi DNI con mi sobrecito. Yo pondré la denuncia en comisaría, pero por supuesto no diré nada en la oficina de expedición porque nadie me ha dicho que deba avisarlo en ambos sitios. Así que, hasta que vuelva a renovarme el DNI -aquí en Madrid cuatro semanas por lo menos- hay alguien que podrá estar operando y haciendo de todo por Internet como si fuera yo, firmando con mi DNI, y esto, aunque yo no lo sé, tiene exactamente la misma validez legal que si efectivamente lo hubiera firmado yo de mi puño y letra. ¿Entienden el problema? ¿Por qué no se entrega ese certificado inactivo para que lo active quien realmente sepa cómo funciona y vaya a utilizarlo?
Vamos a hacer un ejercicio ficticio: supongamos que yo soy, digamos, mi abuela. No tengo ordenador ni falta que hace e Internet es esa cosa extraña con la que mi nieta anda loca todo el día. Supongamos que voy a renovarme mi DNI y me dan uno de esos tan monos que dan ahora y que llevan un cuadradito metálico. En la oficina me explican que es electrónico y que con él puedo hacer trámites onlain, lo que quiera que ello signifique. Me dan, además, un sobrecito donde está la contraseña del DNI. No entiendo muy bien para qué quiero una contraseña para el DNI, pero supongo que lo explicará en el folleto que me han dado, un folleto lleno de letra pequeñita que ya leeré cuando tenga un rato. Cojo mi nuevo DNI y el sobrecito que me han dado y me los guardo en mi monedero, ya que supongo que el sobrecito será importante y en algún momento que no alcanzo a imaginar me lo pedirán para usar mi DNI. Al cabo de algunas semanas, se me habrá olvidado completamente el sobrecito. En el mejor de los casos, un día de estos lo tiraré junto con todos los tickets de compra antiguos o bien pasarán 30 meses y me habrá caducado el certificado. Pero quizás, y tratándose de mi abuela y viviendo como vive en Usera es muy posible, un día de estos me roben el monedero y se lleven mi DNI con mi sobrecito. Yo pondré la denuncia en comisaría, pero por supuesto no diré nada en la oficina de expedición porque nadie me ha dicho que deba avisarlo en ambos sitios. Así que, hasta que vuelva a renovarme el DNI -aquí en Madrid cuatro semanas por lo menos- hay alguien que podrá estar operando y haciendo de todo por Internet como si fuera yo, firmando con mi DNI, y esto, aunque yo no lo sé, tiene exactamente la misma validez legal que si efectivamente lo hubiera firmado yo de mi puño y letra. ¿Entienden el problema? ¿Por qué no se entrega ese certificado inactivo para que lo active quien realmente sepa cómo funciona y vaya a utilizarlo?
Al expedirme el nuevo DNI me han dado un bonito folleto donde, por supuesto, figura la siguiente frase:
Ante cualquier duda, puede llamar al Centro de Atención al Ciudadano 902 364 444, o visitar la web www.dnielectronico.es
Ante cualquier duda... ¡¡sus bemoles!! Y, más adelante, en ese mismo folleto:
La pérdida de validez del Documento Nacional de Identidad electrónico (por caducidad, pérdida, sustracción o deterioro de la tarjeta) llevará aparejada la pérdida de validez de los certificados reconocidos incorporados al mismo. La renovación del Documento Nacional de Identidad electrónico o la expedición de duplicados del mismo implicará, a su vez, la expedición de nuevos certificados electrónicos.En caso de pérdida o robo, comuníquelo con la mayor inmediatez a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil a través de las Oficinas de Expedicion del DNIe o de las Comisarías de Policía, con el fin de que puedan ser revocados los certificados electrónicos incorporados al mismo.
Juzguen ustedes si este folleto informa como debería. A tenor de lo expresado en el primer párrafo, alguien podría llegar a interpretar que al robártelo deja de ser válido el certificado. Y el segundo párrafo dice explícitamente que basta la denuncia en cualquier comisaría para su revocación.
En fin, recapitulando:
- Si pierden o les roban el DNI, pongan denuncia inmediatamente en la comisaría más cercana.
- A continuación, pongan denuncia en la Oficina de Expedición del DNI (puede coincidir con la comisaría, pero no tiene por qué).
- Al recibir su nuevo DNI, soliciten expresamente el cambio de fotografía.
- Antes de salir de la Oficina de Expedición, utilicen las máquinas de gestión de certificados para modificar la clave de uso del certificado o bien memoricen la que les han dado y rompan el papel. Otra opción es revocarlo directamente si no se va a usar y así nos quitamos de problemas, pero cada vez hay más trámites y servicios útiles que pueden llevarse a cabo con ese certificado, así que ustedes verán.
- Es de perogrullo, pero ¡¡no lleven la clave escrita consigo!!
Les seguiré contado.
1 comentario:
Muy buen articulo... te felicito Saludos
Publicar un comentario